Aprueban la ley contra el tráfico sexual en Nevada

Por Rodrigo YÁÑEZ

Catherine Cortez Masto, procuradora general del estado, aplaudió a los legisladores por apoyar la propuesta de ley AB 67, mediante un comunicado emitido el pasado sábado primero, y también aplaudió a los miembros de la comunidad que manifestaron su apoyo.

La AB 67, cuyo principal patrocinador fue el comité judicial de la Asamblea y que autoriza a las víctimas del tráfico sexual, esclavitud involuntaria o tráfico de personas para iniciar una acción civil en contra del traficante, fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras de la Legislatura el pasado sábado primero.

Cualquier persona que sea víctima de tráfico humano puede iniciar una acción civil contra quien lo haya causado, sea responsable o se haya beneficiado de ese delito, señala la AB 67, la acción civil puede ser entablada en la corte de distrito del estado en el condado en donde reside el posible demandado o donde se le someta por su responsabilidad bajo esta sección.

Los legisladores de Nevada tomaron un importante paso para proteger a las víctimas del tráfico sexual en nuestro estado, dijo la procuradora en el comunicado; los esfuerzos del público y líderes del sector privado fueron una fuerza poderosa para incrementar la conciencia contra esta epidemia, agregó Cortez Masto.

Juntos nos encontramos con nuestro objetivo de proteger a los niños y los adultos jóvenes para mantener controlados a los responsables del tráfico sexual, señaló la procuradora, quien continuará con sus esfuerzos de aumentar la conciencia en este asunto en el estado al  trabajar conjuntamente con el National Association of Attorney General’s Human Trafficking Committee y la American Bar Association’s Human Trafficking Task Force.

Esta ley modifica varias disposiciones referentes a la investigación y persecución del tráfico sexual, esclavitud involuntaria, el tráfico de personas, crímenes de proxenetismo; también revisa las penalidades contra estos delitos.

La ley requerirá que las personas sentenciadas por estos sucesos se registren como delincuentes sexuales; también revisará los poderes y obligaciones de la oficina de Advocate for Missing or Exploited Children, estableciendo sanciones y tomando precauciones correctamente en otros asuntos relativos al delito.

La AB 67, de acuerdo al comunicado de la procuradora, cambia el estatuto actual de proxenetismo a estatuto de tráfico sexual; la definición federal de esto último será usada para aumentar las penas y crea las herramientas para aplicar la ley contra el crimen organizado, por conspiración y por el delito de intervención de llamadas telefónicas.

Los condenados por tráfico sexual deberán registrarse como delincuentes sexuales y sus bienes serán incautados, liquidados y proporcionados a las víctimas como un alivio; la restitución del daño será obligatoria al llevar a cabo una acción civil y la persecución del delito permitirá preservar el testimonio de la víctima para el juicio.

 

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