Inician las inscripciones para adquirir un plan de seguro médico

La persona que compró un plan de seguro médico privado a través del Mercado de Seguros Médicos en el 2014,  puede renovar su plan actual o inscribirse en un plan diferente para el año 2015. Puede hacer esto desde el 15 de noviembre de 2014 hasta el 15 de febrero de 2015.

Antes del 15 de noviembre de 2014, la persona debió haber recibido avisos importantes sobre su cobertura médica. Estos avisos le ayudarán a entender las opciones disponibles para el 2015, por lo que es importante revisarlos cuidadosamente.

Si ya tiene cobertura del Mercado del año 2014, una de estas posibilidades le aplicará:

El Mercado lo inscribirá automáticamente en su plan del 2014 o un plan similar. Esto significa que no tiene que hacer nada y su cobertura para el 2015 comenzará el 1 de enero de 2015. Si la inscripción es automática, uno de los siguientes casos se le aplicará: 

Se le inscribirá con el mismo crédito fiscal y otros ahorros que tenía en 2014, debido a que  permitió comprobar y utilizar la información financiera usando la solicitud del 2014.

Si la persona es inscrita sin ningún crédito fiscal u otros ahorros, es porque no se cuenta con su permiso para usar su información de nuevo, o porque los  registros indican que su ingreso ha aumentado.

Si el Mercado no puede hacer la inscripción en forma automática para el año 2015, se le enviará un aviso que explicará qué hacer a continuación. La persona tendrá que tomar acción para inscribirse en un plan a más tardar el 15 de diciembre de 2014 para que su cobertura empiece el 1 de enero 2015.

La persona puede elegir cualquier plan disponible para el 2015, no importa qué tipo de plan tenía en el 2014, aunque sea inscrito automáticamente.

Debe reportar cualquiera de los siguientes cambios en su solicitud del Mercado para el 2015 comenzando el 15 de noviembre de 2014, incluya todos los cambios que ocurrieron en el 2014 más cualquier cambio que usted espera para el 2015.

Cambios en los ingresos; una oferta de cobertura basada en el empleo a cualquier persona en su hogar, incluso si no se inscriben en la misma; cualquier cambio en su hogar: nacimiento o adopción, divorcio o separación, muerte, colocación de un niño en adopción o acogimiento (cuidado de crianza temporal), un niño en su póliza cumpliendo 26 años, un dependiente cambiando su estatus porque ya no es dependiente de usted, alguien en su hogar recibiendo cobertura a través de un programa público como Medicaid, CHIP o Medicare, cambio de dirección de su domicilio permanente.

Para obtener mayor información visitar:  www.cuidadodesalud.gov.

 

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