El pleno del Senado de República aprobó por unanimidad un paquete de reformas a la Ley de Migración para proteger a los migrantes que cruzan por México, evitar su criminalización, garantizar la presunción de inocencia y no juzgarlos como traficantes de personas.
En el marco de la sesión ordinaria, se aprobó por 78 votos a favor el paquete de siete de dictámenes entre los que destacan que ningún elemento de las Fuerzas Armadas, las corporaciones policiacas o de seguridad pública federales, estatales o municipales podrá solicitar a las personas comprobar su situación migratoria.
Tampoco podrán “detenerlas por tener una situación migratoria irregular en el país. Tales facultades corresponden exclusivamente a las autoridades migratorias. Sólo las autoridades migratorias podrán retener la documentación que acredite la identidad o situación migratoria de los migrantes cuando existan elementos para presumir que son apócrifas.
La senadora del Partido del Trabajo, María de Carmen Ojesto, expuso en tribuna que la reforma al Artículo 63 de la misma ley, obliga al Estado mexicano a proteger los derechos humanos de todas las personas que se encuentran en el país, independientemente de su situación migratoria.
“Las personas migrantes gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, así como en la presente ley y otras disposiciones jurídicas aplicables”, se subraya en la reforma al Artículo 66.
Entre las reformas aprobadas destaca que durante el proceso para sancionar el tráfico de migrantes, las autoridades no criminalizarán a los migrantes acusándolos de ese delito. Por lo que se debe identificar claramente a las víctimas y no tratarlas como delincuentes, expuso la legisladora.
En el artículo 70 de la Ley de Migración se incluyó la garantía para que los migrantes que enfrentan un proceso administrativo frente a las autoridades migratorias tengan garantía de acceso a un abogado o representante que le brinde asesoría jurídica.
También se reformó el Artículo 30 de la citada ley para otorgar al Instituto Nacional de las Mujeres, en coordinación con la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de Migración, programas y políticas con perspectiva de género para inhibir cualquier tipo de vulnerabilidad de las migrantes para protegerlas de abusos, delitos y explotación. México (NOTIMEX)