La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para determinar e integrar la información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.
De acuerdo con la información publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los Lineamientos tienen como objetivo determinar e integrar los datos personales transferidos por las autoridades integrantes del Sistema Nacional y de los Sistemas Estatales, de la información relacionada con violencia contra las mujeres.
La Secretaría de Gobernación indicó que los Lineamientos son de observancia obligatoria para todas las personas que traten datos personales a través del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres y son aplicables a toda la información que está almacenada en dicho Banco con independencia de la forma y modalidad de su creación, tipo de soporte, procesamiento, almacenamiento y organización.
Especificó que el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres tiene como objeto administrar la información procesada por las autoridades integrantes del Sistema Nacional como de los Sistemas Estatales para la atención, prevención, sanción, y erradicación de la violencia en contra de las mujeres, con el fin de instrumentar políticas públicas desde la perspectiva de género y de derechos humanos.
Además, el Banco Nacional opera a través de la información contenida en el expediente único generado a partir del registro de un caso de violencia.
Para dar seguimiento, la información contenida en el Banco Nacional es procesada para generar reportes, gráficas y estadísticas para su análisis e interpretación, a fin de que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia, con la finalidad de detectar áreas geográficas y ámbitos de la sociedad que impliquen riesgo para las mujeres, así como las necesidades para su atención.
En el documento publicado se establece que en el supuesto de que la persona usuaria no pueda transferir los datos o información relacionada con los casos de violencia contra de las mujeres, debe coordinarse con su Enlace Estatal para integrar su información al Banco Nacional; si la persona que no puede ingresar información es el Enlace Estatal, este debe coordinarse con el Administrador para resolver dicha situación.
En caso de que exista imposibilidad de transferir o entregar los datos personales y la información relacionada con los casos de violencia contra de las mujeres, el Enlace Estatal observará lo que dispone la Ley General.
La Secretaría de Gobernación recuerda que los datos personales y la información que registren o capturen las personas usuarias deben sujetarse a lo que dispone el Manual de usuario, en lo que refiere a la estructura y acceso al Sistema, así como al registro y búsqueda de expedientes, registro de órdenes de protección, seguimiento de servicios proporcionados y reportes, entre otros.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México (NOTIMEX)