Corte Suprema: ¿Beneficiarios del TPS pueden recibir residencia permanente?

Por Nuestros SERVICIOS

La buena nueva llegó para muchos tepesianos del valle por intermedio de la experimentada abogada Kathia Pereira, quien precisó que “la Corte Suprema aceptó revisar una disputa jurídica para decidir si ciertos beneficiarios del TPS pueden recibir una residencia permanente por medio de sus cónyuges o hijos estadounidenses mayores de 21 años”.

Se pudo conocer que dicha Corte decidió analizar si ciertos beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) pueden solicitar la Residencia Legal Permanente (Green Card o tarjeta verde) y con ello regularizar sus permanencias en Estados Unidos. 

Es preciso tener en cuenta que el beneficio sólo aplica a aquellos ‘tepesianos’ casados con ciudadanos estadounidenses o si tienen hijos estadounidenses mayores de 21 años.

El mencionado beneficio fue otorgado por las Cortes de Apelaciones del 6º, 8º y 9º Circuitos, sin embargo fue rechazado por las Cortes de Apelaciones del 3er y 5º Circuitos, después de presentarse alegaciones por parte del gobierno de Donald Trump, quien concluye su mandato el próximo 20.

Trascendió que el debate judicial se centra más que todo en si los extranjeros indocumentados que están protegidos por el programa humanitario e ingresaron a Estados Unidos sin haber sido inspeccionados, califican para pedir la residencia.

La ley de inmigración prohíbe a los extranjeros que entran al país sin una inspección por parte de la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP), acceder a beneficios migratorios, excepto en determinados casos, por ejemplo los cónyuges de residentes permanentes o ciudadanos.

En esos casos, se pudo conocer, deben llevar a cabo un trámite administrativo y solicitar un perdón por medio del Formulario I-601A (Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal), tal como deja sentado la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

 

El TPS, se ha dicho muchas veces, concede un alivio temporal de deportación, junto a una autorización de empleo válida por el mismo período de tiempo del beneficio.

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